Entre las múltiples ventajas de contratar una gestoría online para autónomos, figura la de estar al corriente de los gastos desgravables. Si quieres saber más sobre este tema, sigue leyendo.

¿Qué gastos de autónomo puedes desgravarte con carácter general?

Los más comunes son:

  • Dietas. Puedes deducir cualquier comida con clientes que sea propia de tu actividad. Lo puedes hacer si presentas un ticket, pero también con una factura. Actualmente, el límite está cuantificado en 26 € diarios, siempre que los pagues con un medio electrónico demostrable.
  • Gasolina. Si puedes demostrar que su consumo es exclusivo para el funcionamiento de tu actividad, puedes deducirte el 100 % del importe. Esta cantidad se aminorará en la medida en que el consumo haya sido para fines particulares o personales. Algo similar ocurre con el vehículo. Si lo utilizas exclusivamente para la actividad profesional, puedes desgravarte hasta el 100 %.
  • Transporte público. Si, en vez de un vehículo privado, empleas el transporte público, también puedes desgravarte su cuantía. Para ello, solo tienes que llevar tu tarjeta de transporte público a las oficinas de atención al cliente correspondientes. Una vez allí, solo tendrás que solicitar que te entreguen una factura con las tarjetas que hayas usado durante ese trimestre.
  • Material de oficina. Puedes desgravar todo el material que necesites para llevar a cabo tu actividad. Basta con que presentes la factura.
  • Ordenador. El ordenador propio de tu actividad como autónomo o empresario también es desgravable. En el caso de que su coste sea superior a los 300 €, tendrás que amortizarlo durante varios años. Lo mismo ocurre con los gastos de Internet. Todo ello con independencia del tipo de contrato que tengas, siempre que puedas presentar la correspondiente factura. Y, si has comprado el dominio de una web para dar a conocer tu negocio, también te lo puedes deducir.
  • Software de marketing. El software que necesites para la gestión o promoción de tu actividad también es desgravable. Lo mismo ocurre con los gastos derivados de la publicidad de tu negocio con plataformas online, tipo Google Adwords o Facebook Ads.
  • Seguridad Social. Las cuotas que paguen los autónomos también se consideran gastos desgravables.

¿Qué gastos de autónomo puedes desgravarte en determinadas actividades?

Una buena asesoría fiscal y contable te ayudará a desgravarte gastos en determinadas actividades, como los siguientes.

Vehículo particular y gastos asociados

A efectos del IRPF, solo se admiten las deducciones en el caso de aquellos autónomos que se dediquen a determinadas actividades. Son aquellas en las que se transportan viajeros o mercancías, además de la enseñanza a conductores o actividades comerciales. Esta clasificación incluye a taxistas, transportistas, repartidores, agentes comerciales y representantes. El resto de autónomos no podrá deducirse estos gastos por el IRPF y solo hasta un 50 % en el caso del IVA.

No encontrarás muchos cambios si optas por la opción de renting. Se mantiene la normativa fiscal mencionada para la desgravación de las cuotas y de su IVA soportado.

Gastos de vestuario

Solo se contempla la desgravación en vestuario profesional si se utiliza como ropa de protección. Lo mismo ocurre con los uniformes y otras prendas con el anagrama del negocio. En el caso de los artistas, se flexibiliza ligeramente la aplicación de estas limitaciones.

Gastos de viajes y representación

Puedes desgravarte los gastos de desplazamiento en transporte público, sin importar que sean de avión, tren o taxis. Se incluyen los de hoteles y gastos de manutención. Debes acreditar, eso sí, su carácter profesional. Y ten presente que no se admiten estas deducciones si el gasto lo has realizado en tu municipio de residencia.

¿Qué gastos de autónomo no puedes desgravar?

También hay otras partidas de gasto que no están consideradas como gastos deducibles. Por tanto, no se pueden desgravar. Entre ellas, se encuentran:

  • Multas y sanciones, además de los recargos por presentar cada declaración de Hacienda fuera de plazo.
  • Donativos o regalos.
  • Aportaciones a Mutualidades de Previsión Social del propio empresario o profesional.
  • IVA soportado que pueda deducirse en la correspondiente declaración.
  • Telefonía móvil. Se exceptúan los casos en que coexistan una para uso particular y otra para profesional, para los gastos de esta última.

​Otros gastos, en cambio, son parcialmente desgravables. La proporción varía en función de cada caso. Como ejemplo, pueden citarse los derivados de cualquier suministro de la vivienda afecta a la actividad. En estos casos, es posible deducirse parcialmente el importe de las facturas si se demuestra su vinculación. La normativa actual establece una deducción del 30 % sobre la totalidad de la superficie destinada a la actividad.

Para desgravar gastos de autónomo, no olvides que necesitas una factura a modo de prueba. Se admite la factura simplificada en formato ticket, si la operación tiene un valor inferior a los 400 euros. También se admite la expedición de una factura rectificativa.

Si acudes a nuestra gestoría online para autónomos, recibirás información adicional de interés al respecto. Y no olvides que no podrás desgravarte ningún gasto si han transcurrido más de cuatro años desde que la emisión de la factura. Esta norma vale tanto para el IVA como para el IRPF. Contacta con nosotros para recibir información adicional.

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