La respuesta corta es esta: La modalidad 40.2 parte de la cuota del último período cuyo plazo de declaración esté vencido; la 40.3 calcula sobre la base imponible acumulada de los meses transcurridos. fuente oficial La 40.3 puede ser obligatoria por cifra de negocios o aplicarse por opción válida; no debe cambiarse de método en cada pago según convenga.

El objetivo es comparar una referencia histórica basada en cuota con un cálculo del resultado fiscal acumulado del propio período. Esta guía se refiere a contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades en España y a fuentes consultadas el 2026-07-16. Los grupos fiscales, regímenes forales, operaciones extraordinarias y situaciones sometidas a comprobación necesitan un análisis propio.

Dos métodos, dos fotografías diferentes

La modalidad 40.2 mira una cuota histórica vencida; la 40.3 observa la base fiscal acumulada del período en curso.

Lleva esta comprobación a una hoja separada y señala el documento, la fecha y el importe que sostienen la conclusión. Para la modalidad del pago fraccionado, una marca en el formulario no explica por sí sola el tratamiento. Compara el dato con el período declarado y con los saldos que pasarán al ejercicio siguiente. Si una cifra procede de una declaración anterior, identifica también su justificante y cualquier rectificación posterior.

Ejemplo de trabajo: crea una línea por cada elemento de «Dos métodos, dos fotografías diferentes» y marca origen, período, tratamiento y destino. Si una partida no llega al modelo, explica si queda fuera por no ser fiscal, por pertenecer a otro ejercicio o por estar incluida en un total. Repite la suma desde cero y compara con el borrador. Para la modalidad del pago fraccionado, esta prueba evita que una cifra heredada sobreviva únicamente porque el programa no muestra error.

Cómo funciona la modalidad del artículo 40.2

En 40.2 identifica el último modelo 200 cuyo plazo estaba vencido el primer día de la ventana de pago.

La modalidad 40.2 parte de la cuota del último período vencido y, si duró menos de un año, incorpora proporcionalmente períodos anteriores hasta completar doce meses. fuente oficial

Si ese último período impositivo concluido duró menos de un año, el artículo 40.2 obliga a tomar también la parte proporcional de la cuota de períodos anteriores hasta completar doce meses. No basta con elevar sin más la última cuota: conserva las declaraciones utilizadas y deja visible la proporción aplicada. fuente oficial

Haz la prueba con la documentación real, no con el PDF del modelo anterior. Reúne último modelo 200 vencido, bases acumuladas, ajustes fiscales, retenciones, pagos previos, cifra de negocios y opción censal y reconstruye el dato desde el principio. El resultado debe poder repetirse por otra persona sin instrucciones verbales. Cuando existan varias versiones, conserva la presentada y trabaja sobre una copia identificada; mezclar borradores suele dejar totales correctos con cuadros auxiliares incompatibles.

El expediente de «Cómo funciona la modalidad del artículo 40.2» debe contener suficiente contexto para que el dato no se interprete fuera de su período. Anota la fecha de inicio y cierre, la norma aplicada y el documento que acredita la situación. Si interviene una declaración anterior, guarda su número de justificante y no solo una captura. Los importes históricos se comparan por anualidad y naturaleza; sumar saldos de distinto origen suele ocultar límites o requisitos diferentes.

Cómo funciona la modalidad del artículo 40.3

La modalidad del artículo 40.3 calcula el pago sobre la base imponible de los tres, nueve u once primeros meses del año natural. fuente oficial

En 40.3 prepara un cierre fiscal acumulado con ajustes, bonificaciones, retenciones y pagos anteriores. Cuando el período impositivo no coincide con el año natural, la modalidad 40.3 utiliza la base de los días transcurridos desde el inicio hasta el día anterior a cada período de pago. fuente oficial

En 40.3 prepara un cierre fiscal acumulado con ajustes, bonificaciones, retenciones y pagos anteriores.

Con INCN de al menos diez millones de euros, la modalidad 40.3 está sujeta al mínimo de la disposición adicional 14.ª, con sus porcentajes y exclusiones legales. fuente oficial

Cuando el INCN de los doce meses anteriores al inicio del período sea al menos de diez millones de euros, compara el cálculo con el mínimo de la disposición adicional 14.ª: 23 % del resultado positivo contable del tramo, o 25 % para el tipo del primer párrafo del artículo 29.6, minorado exclusivamente por pagos anteriores del mismo período. fuente oficial

El mínimo no se aplica a entidades de los apartados 3, 4 y 5 del artículo 29, SOCIMI ni entidades de capital-riesgo. Las navieras en régimen de tonelaje calculan conforme al artículo 114.1; además existen delimitaciones para rentas exentas o bonificadas y ciertas operaciones. Comprueba el régimen antes de elegir la casilla y el porcentaje.

Este análisis necesita una secuencia clara. Primero se fija el hecho y su fecha. Después se determina el tratamiento contable y, cuando difiere, el ajuste fiscal. Por último se lleva el resultado a la declaración y se comprueba el efecto sobre cuota, pagos o saldos pendientes. Saltar directamente al último paso aumenta el riesgo de escoger el método con menor importe después de calcular ambos o trasladar sin revisión cifras de un pago anterior.

Para «Cómo funciona la modalidad del artículo 40.3», separa hechos, cálculo y criterio. Los hechos son fechas, importes y documentos. El cálculo muestra operaciones reproducibles. El criterio explica por qué esa regla corresponde a esos hechos. Esta división facilita corregir un número sin reabrir una cuestión jurídica ya resuelta, o revisar el criterio sin perder la contabilidad original.

Quién queda obligado al cálculo sobre base

Una comparación de caja puede anticipar pagos, pero no autoriza a escoger después de conocer qué modalidad resulta menor. La modalidad 40.3 es obligatoria para contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios haya superado seis millones de euros durante los doce meses anteriores. fuente oficial

Superar seis millones de euros de cifra de negocios convierte 40.3 en obligatoria para el contribuyente.

Añade un control de integridad para «Quién queda obligado al cálculo sobre base»: total del mayor, total de la conciliación, total del cuadro del modelo y total presentado. Las diferencias pueden ser legítimas, pero deben explicarse con ajustes identificados. Un descuadre compensado por otro descuadre es más difícil de detectar cuando solo se mira el resultado final.

Cómo se ejerce y mantiene la opción

La 40.3 puede ser obligatoria por cifra de negocios o aplicarse por opción válida; no debe cambiarse de método en cada pago según convenga. La opción por la modalidad 40.3 se ejerce mediante declaración censal dentro del plazo legal y vincula para los pagos del mismo período y siguientes mientras no se renuncie. fuente oficial

Fuera del supuesto obligatorio, la opción censal debe ejercerse y renunciarse dentro de los plazos; no se alterna por tesorería.

Prepara un ejemplo numérico con los importes reales y una cifra de control redonda. La cifra de control sirve para verificar signos, porcentajes y límites; después se elimina del archivo final. Conserva únicamente el desarrollo real, con referencias a último modelo 200 vencido, bases acumuladas, ajustes fiscales, retenciones, pagos previos, cifra de negocios y opción censal. Si la operación no puede explicarse en unas pocas líneas, divide el cálculo en etapas.

En «Cómo se ejerce y mantiene la opción» conviene anotar una fecha de revisión y un disparador para volver a abrir el análisis. Puede ser una rectificativa, una liquidación de la AEAT, un cambio de cierre, una operación societaria o la recepción tardía de un documento. Sin ese disparador, el expediente parece definitivo aunque los hechos que lo sostienen hayan cambiado.

Datos necesarios en cada modalidad

La hoja de 40.2 necesita cuota y descuentos históricos; la de 40.3 necesita balance y conciliación fiscal actualizados.

Prueba «Datos necesarios en cada modalidad» con una revisión de corte. Selecciona documentos anteriores y posteriores a la fecha relevante, comprueba cuándo se devengaron y justifica su inclusión o exclusión. Haz lo mismo con pagos, retenciones y movimientos bancarios que puedan confundirse con el hecho fiscal. Esta muestra dirigida suele encontrar más errores que una lectura lineal de todo el mayor.

Comparación con un ejemplo de tesorería

Una comparación de caja puede anticipar pagos, pero no autoriza a escoger después de conocer qué modalidad resulta menor.

La decisión debe quedar separada de la previsión de tesorería. Que una alternativa produzca menos ingreso no demuestra que sea aplicable. Comprueba primero requisitos, opciones ejercidas, cifra de negocios y período. Solo después calcula el efecto financiero. Esta secuencia es esencial para la modalidad del pago fraccionado.

La decisión de «Comparación con un ejemplo de tesorería» debe poder sostenerse sin mencionar conveniencia financiera. Primero determina la regla aplicable. Después cuantifica el resultado y, por último, organiza el pago. Si el resultado no encaja con la tesorería prevista, revisa datos y criterio, pero no cambies de modalidad, tipo o período para obtener otra cifra.

Comprobación antes de presentar

Verifica modalidad, período de referencia, signos, pagos previos y justificante antes de enviar.

El archivo no necesita informes decorativos. Necesita permitir reconstruir la modalidad del pago fraccionado: qué se declaró, por qué, con qué datos y qué queda pendiente para el siguiente período.

Antes de firmar «Comprobación antes de presentar», utiliza una lista breve: identidad, período, fuente, cálculo, revisión, resultado y justificante. Cada elemento debe enlazar con un archivo concreto. Las notas sin documento asociado no cierran el control. Si participa un tercero, confirma qué versión aprobó y evita enviar una posterior sin nueva revisión.

Caso de comprobación antes de presentar

Imagina que el borrador ya está validado y aparece un documento que afecta a «Quién queda obligado al cálculo sobre base». No cambies únicamente la casilla relacionada. Vuelve a la conciliación y determina si el documento pertenece al período, qué asiento modifica y qué efecto fiscal produce. Contrasta después «Cómo funciona la modalidad del artículo 40.2» y «Comparación con un ejemplo de tesorería», porque ahí suelen aparecer las consecuencias indirectas. Genera un segundo borrador con nombre y fecha distintos y conserva el primero hasta terminar la comparación.

La comparación debe mostrar, como mínimo, resultado contable, ajustes, base, tipo o modalidad aplicable, descuentos, resultado y saldos futuros. Añade una columna de variación y otra con el motivo. Si el cambio no afecta a una fila, deja cero; no la borres. Así queda claro que se revisó. En la modalidad del pago fraccionado, este método permite detectar cuándo un documento aparentemente menor cambia la decisión y cuándo solo amplía el soporte sin alterar cifras.

Repite luego tres preguntas. Primera: ¿la conclusión sigue siendo compatible con «La modalidad 40.2 mira una cuota histórica vencida; la 40.3 observa la base fiscal acumulada del período en curso.»? Segunda: ¿se ha ejecutado el control descrito en «La hoja de 40.2 necesita cuota y descuentos históricos; la de 40.3 necesita balance y conciliación fiscal actualizados.»? Tercera: ¿el archivo final permite demostrar «Verifica modalidad, período de referencia, signos, pagos previos y justificante antes de enviar.»? Si alguna respuesta depende de memoria o de una conversación, falta incorporar esa evidencia al expediente.

Por último, revisa la declaración como la recibiría una persona que no participó en el cierre. Debe entender el período, la situación de la entidad, la regla aplicada, el origen de cada saldo y la razón de la decisión. También debe poder distinguir hechos de estimaciones. Las previsiones de tesorería o beneficio pueden ayudar a planificar, pero no sustituyen el cierre ni justifican una cifra declarada. Esta lectura final suele ser el mejor filtro contra escoger el método con menor importe después de calcular ambos o trasladar sin revisión cifras de un pago anterior.

Ejemplo comparado sin escoger por el resultado

Supón que la modalidad 40.2 arroja un pago reducido porque toma como referencia una cuota anterior, mientras que 40.3 refleja un beneficio acumulado elevado. Esa diferencia no concede libertad para elegir en octubre. Primero comprueba si la cifra de negocios obliga a utilizar 40.3 o si existe una opción censal vigente. Solo después calcula la modalidad aplicable y explica la variación de tesorería.

En 40.2, guarda la declaración que aporta la cuota de referencia y demuestra que su plazo estaba vencido el primer día de la ventana. En 40.3, parte de un balance acumulado, incorpora los ajustes fiscales y resta bonificaciones, retenciones, ingresos a cuenta y pagos anteriores conforme a la norma. La conciliación debe mostrar por qué el resultado contable no coincide necesariamente con la base utilizada.

Si se ejerció la opción por 40.3, conserva la declaración censal y su fecha; no la sustituyas por una nota interna. Al cerrar cada pago, enlaza el justificante con la hoja de cálculo y arrastra el importe al corte siguiente. Comparar ambas modalidades puede servir para planificar caja, pero la previsión debe quedar fuera de la decisión jurídica sobre cuál corresponde.

Para revisar 40.2, identifica la cuota íntegra y las deducciones o bonificaciones que intervienen en la base del pago según el artículo 40. No traslades el resultado líquido del modelo 200 sin comprobar su composición. Si el último período declarado fue inferior al año, verifica la regla aplicable y documenta cualquier elevación o ajuste. Anota el número de justificante de la declaración de referencia.

En 40.3, el dato central es una base fiscal acumulada, no el beneficio de la cuenta de resultados. Registra diferencias por amortizaciones, deterioros, gastos no deducibles, reservas y demás ajustes existentes hasta el corte. Aplica el porcentaje correspondiente y descuenta únicamente los conceptos previstos. Guarda el balance y la conciliación de cada ventana para explicar el salto entre abril, octubre y diciembre.

La cifra de negocios que obliga a 40.3 se mide en los doce meses anteriores al inicio del período impositivo. Una entidad con ejercicio desplazado no debe comprobarla usando automáticamente el año natural. Reúne las ventas y demás ingresos computables del intervalo correcto y documenta cualquier agregación de grupo. Si se supera el umbral, la obligación no depende de que 40.2 hubiera producido una cifra distinta.

Al revisar una opción voluntaria, comprueba el plazo en que se presentó y si existe renuncia posterior. La preferencia del director financiero o del asesor no sustituye la declaración censal. Incorpora al calendario una comprobación anual de la modalidad antes del primer pago, de modo que cada equipo trabaje desde una decisión acreditada y no compare métodos cuando el vencimiento ya está abierto.

Si cambia el cierre del ejercicio, revisa las dos modalidades desde la nueva fecha. En 40.2 puede cambiar cuál es la última cuota con plazo vencido; en 40.3 cambian los días incluidos en la base acumulada. Actualiza los rangos de fechas de la hoja y comprueba que ningún ingreso o gasto queda duplicado entre el período corto y el siguiente.

Antes de presentar, realiza una prueba inversa. Desde el resultado del modelo vuelve a la base, los ajustes y los documentos. Las diferencias con el pago anterior deben explicarse por nueva actividad, cambios fiscales o descuentos identificados. Si solo pueden justificarse porque se pegó una cifra de otra hoja, reconstruye el cálculo. Guarda después el justificante como siguiente columna de la conciliación.

Mantén un cuadro de control anual con la modalidad aplicable, causa de aplicación, declaración censal cuando exista y cifra de negocios comprobada. Añade las tres ventanas y el justificante de cada una. Este documento no sustituye los cálculos, pero impide que distintas personas cambien de método entre abril, octubre y diciembre sin advertirlo.

Si una revisión posterior altera una ventana ya presentada, conserva ambas versiones y evalúa la corrección correspondiente. No compenses informalmente el error aumentando o reduciendo el pago siguiente, porque esa práctica rompe la trazabilidad por período.

Anota el origen de la incidencia y actualiza las previsiones solo después de corregir el dato fiscal.

Conserva la aprobación de la revisión.

Control final y siguiente paso

Reúne último modelo 200 vencido, bases acumuladas, ajustes fiscales, retenciones, pagos previos, cifra de negocios y opción censal. Comprueba que cada importe del modelo tiene origen, período, criterio y responsable. Si aparece el riesgo de escoger el método con menor importe después de calcular ambos o trasladar sin revisión cifras de un pago anterior, detén el envío y reconstruye el cálculo desde los documentos. Conserva el PDF validado y el justificante de la presentación, pero no confundas esos archivos con la evidencia que sostiene la liquidación.

TaxFactory puede revisar la modalidad del pago fraccionado sobre el expediente real. Para situar este trabajo dentro del calendario general, consulta también la guía fiscal para autónomos y empresas.