Acuerdo de teletrabajo para tu primer empleado
Qué debe incluir un acuerdo de trabajo a distancia al contratar al primer empleado: voluntariedad, inventario, gastos, horario y formalización.
Qué revisar al contratar de forma indefinida al primer trabajador: presunción legal, forma escrita, convenio y pasos previos al alta.
La regla legal parte de que el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido; para una primera contratación, eso no elimina la necesidad de definir bien puesto, jornada, convenio y alta. Fuente oficial
Esta guía se dirige a empleadores en España y se ha contrastado con fuentes oficiales el 2026-07-17. Explica la primera contratación indefinida desde una perspectiva de cumplimiento documental. No sustituye una revisión profesional de los hechos de una empresa concreta.
La revisión conjunta evita contradicciones posteriores entre documentación laboral y práctica diaria.
El artículo 15 del Estatuto presume que el contrato de trabajo se concierta por tiempo indefinido. Fuente normativa
Indefinido no significa “sin detalles”. Significa que la relación no se justifica con una causa temporal que limite su duración. La empresa todavía debe describir el puesto, la jornada, el centro, la retribución, el convenio y la fecha de inicio. Para un primer empleado, poner por escrito esa lógica evita que el contrato sea una suma de campos sin relación con el trabajo real.
El artículo 8 permite celebrar el contrato por escrito o de palabra salvo que una norma exija forma escrita. Fuente normativa
La ley contempla contratos escritos y verbales salvo exigencia de forma escrita, pero la documentación clara es práctica esencial para una primera contratación. El documento permite comprobar qué se acordó y facilita la comunicación posterior. No basta con descargar un modelo y completar datos: cada cláusula debe ser compatible con el convenio y con la operativa que la empresa espera.
El artículo 8 exige forma escrita, entre otros casos, para los contratos a tiempo parcial. Fuente normativa
Compara contrato, alta, comunicación al SEPE y nómina prevista. La fecha de inicio, la jornada, el centro, la categoría, el salario y el convenio deben contar la misma historia. Si una plataforma acepta el envío no significa que esas piezas sean coherentes. Una revisión cruzada antes de la incorporación es mucho más sencilla que reparar documentos sucesivos.
El empresario debe comunicar el contenido del contrato al servicio público de empleo dentro de diez días desde su concertación. Fuente normativa
No trates el período de prueba como una frase estándar. Su existencia y duración dependen del marco aplicable y del convenio. También conviene comprobar descansos, jornada, salario base y complementos antes de firmar. Un contrato indefinido conserva todos esos elementos; no se convierte en un contrato vacío por no tener una fecha final.
El alta en Régimen General debe presentarse antes del inicio de la relación laboral. Fuente oficial
La comunicación del contrato al servicio público de empleo y el alta en Seguridad Social responden a obligaciones distintas. La primera tiene su plazo legal; la segunda exige comunicación previa al inicio en Régimen General. Gestionarlas en una misma lista de tareas reduce olvidos, siempre que se conserven ambos justificantes.
Bonificaciones, contratos formativos, jornada parcial, administradores societarios, familiares, trabajo a distancia o actividades reguladas requieren comprobaciones adicionales. Esta guía no determina elegibilidad para incentivos ni sustituye el análisis del encuadramiento. La presunción de indefinido no resuelve esas cuestiones.
Redacta una ficha del puesto y una lista de documentos previos. Luego comprueba el convenio, prepara el contrato, cursa el alta antes del inicio y comunica el contrato dentro de su plazo. Si una cláusula depende de una excepción o incentivo, no la incorpores hasta que tenga una base verificable.
Antes de escoger el documento, describe qué necesidad existe y por qué no depende de un evento temporal delimitado. Un puesto de actividad ordinaria, con continuidad esperada y funciones integradas en la empresa, pide una estructura que no finja una fecha de finalización. Esta descripción no es una formalidad: guía jornada, clasificación, retribución y planificación de la persona contratada.
La oferta puede ser el primer resumen de condiciones, pero el contrato debe contener la versión que realmente se ha acordado. Revisa que no se haya copiado una cláusula de temporalidad o una categoría de otro puesto. Un texto claro ayuda a la empresa y a la persona trabajadora a entender desde el primer día qué función se espera y bajo qué condiciones.
No elijas una jornada por aproximación. Calcula la necesidad, contrástala con el convenio y describe cómo se organizará. Si hay distribución irregular, trabajo a distancia o turnos, no los incluyas con frases genéricas. La jornada contractual, el alta y la nómina deben ser coherentes con una forma de trabajo que pueda explicarse y aplicarse.
Si se contempla un período de prueba, verifica el marco aplicable antes de copiar una duración. El convenio puede ser relevante y las situaciones anteriores de la persona pueden afectar su uso. No trates esa cláusula como un seguro universal. La claridad en este punto evita que la primera contratación arrastre expectativas incompatibles con la norma o con el convenio.
Planifica alta y comunicación al empleo como tareas distintas dentro del mismo calendario. Establece responsable, fecha de comprobación y repositorio de justificantes. La organización temprana permite cumplir los plazos sin convertir el día de incorporación en una sucesión de trámites urgentes.
Un contrato indefinido puede cambiar de jornada, centro o funciones conforme al marco aplicable, pero esos cambios deben documentarse. No reescribas el contrato inicial sin conservar la trazabilidad. Cuando una condición varía, identifica desde cuándo, por qué y qué documentos o comunicaciones deben actualizarse.
La guía no decide bonificaciones, contratos formativos, compatibilidades con prestaciones, encuadramientos de socios ni reglas especiales de sectores concretos. Cuando aparezca uno de esos elementos, la contratación necesita una comprobación añadida. Lo indefinido describe duración, no resuelve automáticamente todo el régimen laboral.
Haz una lectura final junto a la ficha del puesto y el convenio: identidad, fecha, jornada, salario, centro y categoría. Si todo coincide, prepara alta y comunicación. Si un dato queda abierto, no lo disfraces con una fórmula estándar. El siguiente paso es completar la base documental o pedir revisión, no acelerar una firma incompleta.
Confirma la estabilidad del puesto con la planificación que originó la contratación: funciones permanentes, carga prevista, horario y presupuesto. Traslada esos datos a la oferta y al contrato, y coteja salario, jornada, clasificación y período de prueba con el convenio aplicable. La revisión debe explicar cualquier diferencia entre lo ofrecido y lo firmado. Si el contrato reutiliza funciones, importes o fechas de otra contratación, corrígelo antes de la firma; la modalidad indefinida no compensa unas condiciones que describen un puesto distinto del que la persona va a desempeñar.
Redacta funciones que puedan reconocerse en el trabajo diario y compáralas con la necesidad estable que justifica el puesto. Grupo, jornada, retribución y fecha de inicio deben contar la misma historia. Si la oferta promete algo distinto del contrato o de la organización prevista, corrige los documentos antes del alta.
Confirma el convenio con actividad, territorio y funciones antes del contrato. El responsable conservará el texto vigente y trasladará grupo, jornada y salario a la ficha. Si cambian, repetirá la comprobación.
Fija la jornada que se realizará de verdad y comprueba sus límites en el convenio. La ficha del puesto y el contrato deben reflejar horario, distribución y parcialidad cuando corresponda. Si la operativa cambia, actualiza la documentación; los incentivos y las relaciones laborales especiales necesitan su propio análisis.
Archiva la tabla salarial y la versión del convenio utilizadas para fijar salario y complementos. Vincula esas fuentes con el grupo, la jornada y las funciones del contrato. Si se copiaron condiciones de otro puesto, conserva la primera versión y la corrección para que el cambio pueda explicarse sin depender de recuerdos.
Busca el límite y las condiciones del período de prueba en el convenio aplicable y compáralos con las funciones y el grupo profesional del puesto. Lleva el resultado a la oferta y al contrato antes de la firma. Si el convenio no está decidido o las versiones contienen plazos distintos, corrige ambos documentos antes de cursar el alta.
Si habrá trabajo a distancia, el contrato general y el acuerdo específico deben contar la misma organización: porcentaje presencial, lugar, horario, medios y compensación de gastos. Revisa esos datos antes de firmar y no los sustituyas por una cláusula genérica. Los incentivos a la contratación y las relaciones laborales especiales requieren una comprobación aparte, porque no se deducen del carácter indefinido del contrato.
Pon la oferta final junto al contrato antes de cursar el alta. Grupo profesional, jornada, salario, centro y fecha de inicio deben coincidir o explicar de forma expresa cualquier cambio aceptado. Si la necesidad descrita como estable acaba documentada con otras condiciones, corrígelo antes de la incorporación. Un rechazo técnico se conserva con el nuevo justificante, pero no sirve para ocultar una discrepancia contractual.
Cursa el alta solo cuando ficha, convenio, oferta y contrato coincidan en empleador, puesto, jornada, salario e inicio. Guarda el justificante. Si difieren, corrige el origen antes del comienzo.
Tras comunicar al SEPE, abre el recibo y confirma que corresponde al contrato firmado. Comprueba modalidad, jornada y fecha, y anota cualquier actuación pendiente. Si el acuse revela una diferencia con la oferta, el alta o la nómina preparada, corrige el documento afectado y conserva ambas versiones.
Prepara la primera nómina desde la ficha aprobada y el contrato firmado, no desde plantillas. Comprueba grupo, jornada, salario y alta y documenta quién cotejó. Resuelve cualquier diferencia antes del cierre.
Cada cambio de funciones, jornada o retribución debe indicar desde cuándo se aplica y qué documento modifica. Revisa su efecto en contrato, nómina y afiliación antes de comunicarlo. La ficha del puesto, el convenio y el acuerdo correspondiente deben permitir reconstruir el cambio sin explicaciones informales.
No conviertas una posible bonificación en la razón para elegir la modalidad. Define primero la necesidad, el puesto y las condiciones conforme al convenio; después comprueba los requisitos vigentes del incentivo y conserva la documentación que los acredita. Si la ayuda exige circunstancias personales o empresariales que no están verificadas, calcula el coste sin ella. Las relaciones laborales especiales requieren su propio análisis.
Al terminar el primer mes, compara trabajo real, horario, retribución, grupo e inicio con lo pactado. Registra desajustes y corrige documento o práctica. La auditoría impide que el error continúe.
Prepara una matriz final con funciones, grupo, salario, jornada y centro. Cada fila debe enlazar con la ficha del puesto, el convenio y la cláusula correspondiente. Así se detecta si el modelo indefinido contiene un período de prueba copiado, un salario sin complemento aplicable o una jornada que no coincide con la oferta.
La comunicación al SEPE cuenta desde la concertación, mientras que el alta debe ser previa al inicio. Coloca ambas obligaciones en el calendario con sus justificantes propios. Una comunicación contractual no prueba el alta y el alta no demuestra qué cláusulas se pactaron.
El contrato se considera listo cuando la necesidad estable, las condiciones y los dos trámites pueden explicarse con documentos concordantes. Si se pretende aplicar incentivo, trabajo a distancia o jornada parcial, añade su revisión específica antes de firmar.
Antes de entregar el contrato, pide a quien dirigirá el puesto que confirme por escrito funciones y horario. Esa verificación evita que la realidad del primer día contradiga la ficha utilizada por nómina y afiliación. Si la organización prevista ha cambiado, actualiza las condiciones antes de firmar y no mediante instrucciones informales posteriores.
Empieza por funciones observables, no por un cargo atractivo. Indica qué trabajo se realizará, a quién se reporta, en qué centro y con qué jornada. Después contrasta grupo profesional, salario y complementos con el convenio. Solo entonces pasa las condiciones al contrato. Este orden impide que una plantilla determine el puesto en lugar de reflejarlo.
Antes de firmar, compara la oferta aceptada y el texto definitivo. Una diferencia en jornada, centro o retribución no debe resolverse con una promesa verbal para más adelante. Corrige el documento y vuelve a comprobar alta y datos de nómina. Si se incluye período de prueba, trabajo a distancia o parcialidad, revisa su requisito específico y deja constancia de la fuente aplicada.
La primera nómina funciona como control posterior, no como lugar para decidir condiciones pendientes. Debe reproducir la jornada, clasificación y salario ya acordados. Si descubre una incoherencia, abre una corrección documentada; no alteres silenciosamente la ficha original.
Cuando la empresa aún no tiene un procedimiento de personal, asigna un dueño a cada documento. La dirección valida funciones y jornada; la gestión laboral contrasta convenio y salario; quien presenta el alta verifica fecha y CCC; y una persona conserva la comunicación al SEPE. Una misma persona puede asumir varias funciones, pero no debe perderse la secuencia. El cierre se documenta con una revisión cruzada de seis datos: identidad, inicio, centro, jornada, grupo y retribución. Si uno no coincide, vuelve al documento de origen y corrige antes de entregar el contrato o abrir el acceso al puesto.
Si el puesto incluye funciones que crecerán con el negocio, distingue las tareas iniciales de una previsión abierta. El contrato debe describir lo acordado ahora; una expectativa de asumir más responsabilidad no justifica inflar el grupo ni omitir funciones. Programa una revisión cuando cambie de verdad el contenido del puesto. En ese momento contrasta nuevamente clasificación, salario y cualquier modificación documental necesaria. Hasta entonces, la persona responsable debe dirigir el trabajo conforme a la ficha validada, no a una versión futura explicada solo durante la entrevista.
Durante la primera semana, coteja la ficha con las tareas y el horario asignados. Busca contradicciones tempranas: funciones de otro grupo, una jornada distinta o complementos omitidos. Si hace falta corregir algo, fija la fecha de efecto y comunica el cambio antes de que se repita en nóminas posteriores.
Entrega a la persona trabajadora la versión corregida y conserva constancia de su recepción. El expediente debe mostrar qué cambió, quién lo autorizó y desde cuándo se aplica.
Antes de entregar el contrato, realiza una lectura conjunta con la ficha del puesto. Comprueba que las funciones justifican el grupo, que la jornada cabe en el calendario previsto y que salario y complementos respetan el convenio. Revisa también lugar de trabajo, distribución horaria, período de prueba y fecha de inicio. Si la oferta contenía una condición diferente, corrígela expresamente para que la persona no reciba dos versiones incompatibles. Después de la firma, prepara el alta y la comunicación con los mismos datos. Conserva quién hizo cada cotejo y cuándo. Durante el primer mes, compara la realidad con lo pactado: cambios habituales de horario, funciones distintas o complementos omitidos deben corregirse pronto y no convertirse en una práctica aceptada por silencio.