Las acciones para exigir percepciones económicas derivadas del contrato de trabajo prescriben al año desde el día en que la acción pudo ejercitarse. Fuente oficial.
La Ley reguladora de la jurisdicción social establece como regla la conciliación o mediación previa a la demanda, con excepciones tasadas. Fuente oficial.
La presentación de la solicitud de conciliación interrumpe la prescripción de la reclamación salarial en los términos del artículo 65.1 LRJS. Artículo 65.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.
El plazo de caducidad para impugnar un despido es de veinte días hábiles. Consulta la fuente oficial.
FOGASA responde dentro de los límites legales por salarios e indemnizaciones en los supuestos de insolvencia o concurso previstos. Consulta la fuente oficial.
Separar salarios de otras reclamaciones
Cuando una nómina no llega completa o no se paga, lo primero es separar la deuda de otros problemas laborales. La reclamación de salarios busca cobrar cantidades vencidas frente a la empresa. No es lo mismo que impugnar un despido, reclamar un finiquito, pedir una indemnización o solicitar cobertura al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA). Cada vía puede tener plazo y procedimiento distintos. Guarda por separado conceptos, meses e importes; una suma global dificulta comprobar si cada partida está dentro del plazo. Esta guía ofrece una ruta general para salarios corrientes, no una liquidación de tu caso.
El Estatuto de los Trabajadores fija como regla que las acciones para exigir percepciones económicas prescriben al año desde el día en que la acción pudo ejercitarse. El artículo 59 recoge el plazo y su punto de partida. En pagos mensuales, suele analizarse cada vencimiento por separado. No supongas que el plazo empieza cuando termina la relación laboral; la regla distingue las cantidades que se pueden exigir durante el contrato. Convenio, forma de pago, reclamaciones previas y naturaleza del concepto pueden cambiar el análisis.
Crea una tabla con mes, fecha en que debió pagarse, importe bruto, importe recibido, diferencia, concepto y documento que lo respalda. Añade una columna para la fecha límite estimada y otra para observaciones de asesoría. Así se ve qué vencimientos son más antiguos y qué documentación falta. No confundas salario bruto con transferencia neta: retenciones, anticipos y descuentos legítimos pueden alterar lo ingresado. Si faltan varias nóminas, verifica también si se adeudan pagas extra, complementos, horas extraordinarias o cantidades reconocidas por convenio.
Calcular vencimientos y reunir pruebas
Para respaldar el importe, reúne contrato y anexos, convenio colectivo, nóminas, registro de jornada cuando sea relevante, calendario laboral, extractos bancarios y comunicaciones con la empresa. Una nómina acredita el cálculo que la empresa reflejó, pero no prueba por sí sola que el dinero se pagara. El extracto permite comparar la fecha e importe de ingreso. Si hay diferencias de categoría, jornada o complemento, identifica la cláusula del convenio o pacto que origina cada cantidad. Evita modificar archivos originales; conserva copias y anota de dónde procede cada documento.
Envía una reclamación escrita a la empresa con identificación del periodo y concepto, pero revisa con cuidado el efecto que puede tener sobre la prescripción. No des por hecho que cualquier correo, conversación o mensaje interrumpe el plazo. Usa un medio que permita acreditar contenido y recepción, y guarda la prueba. Si la empresa reconoce una parte, especifica qué cantidad reconoce y qué saldo queda discutido. La comunicación directa puede facilitar el pago, pero no debe sustituir la actuación formal si el vencimiento se acerca.
En muchas reclamaciones individuales de cantidad se presenta antes una papeleta de conciliación o mediación ante el órgano competente de la comunidad autónoma. La Ley reguladora de la jurisdicción social establece esa regla general y enumera excepciones. La LRJS regula conciliación previa y sus excepciones. Comprueba qué servicio recibe la solicitud en tu territorio, qué datos debe incluir y cómo se acredita la presentación. No uses un modelo genérico sin revisar si hay varios demandados, cantidades de distinto origen o una relación laboral discutida.
Intento de solución y conciliación
La conciliación busca que las partes intenten resolver la controversia antes de acudir al juzgado. En la papeleta, identifica empresa, centro, fechas, conceptos y total reclamado, desglosado por periodos. No firmes un acuerdo que no refleje el importe, calendario de pago y consecuencias del incumplimiento. Si no hay avenencia, conserva el acta; puede ser necesaria para la fase judicial. Si la empresa no comparece, el efecto procesal debe comprobarse según el procedimiento y el acta emitida.
La reclamación de salarios no comparte automáticamente los veinte días hábiles del despido. Ese plazo es de caducidad para impugnar un despido; las percepciones económicas tienen la regla anual general que recoge el artículo 59, salvo particularidades. El Estatuto distingue el plazo de despido del de cantidades. Si recibiste una carta de despido y además faltan salarios, puede haber dos acciones simultáneas con tiempos diferentes. No esperes a completar una tabla salarial antes de pedir asesoramiento sobre una fecha de despido.
En una reclamación salarial, la solicitud de conciliación interrumpe la prescripción desde su presentación. El cómputo se reinicia al día siguiente de intentada la conciliación o transcurridos quince días hábiles desde la presentación sin que se haya celebrado. Para acciones sujetas a caducidad, el efecto es distinto: la solicitud suspende el plazo y después se reanuda el tiempo restante. Artículo 65.1 LRJS.
La modificación sustancial y otros procedimientos están exceptuados del requisito de conciliación previa. No traslades a esas vías el efecto de una papeleta unilateral sin comprobar su régimen; el artículo 64.3 regula la vía voluntaria de común acuerdo en sus condiciones. Artículo 64 LRJS. Esta guía se centra en cantidades salariales, cuya prescripción anual debe controlarse por cada vencimiento. Lleva un registro de presentación, intento, acta y fecha de reinicio, además de los escritos y reconocimientos cuya eficacia individual deba revisarse.
Demanda, plazos y diferencias con despido
Si se presenta demanda, formula con claridad qué cantidades se reclaman y por qué. Separa salario base, complementos, horas, pagas extra y diferencias de convenio; explica los cálculos y aporta documentos. La cuantía y complejidad pueden influir en la asistencia jurídica conveniente. No añadas conceptos sin soporte ni renuncies a otros de manera accidental al cerrar un acuerdo parcial. La sentencia o el acuerdo debe permitir saber cuánto se paga, en qué fecha y cómo se acredita.
FOGASA no es el primer destinatario de toda reclamación salarial. Es un organismo que responde subsidiariamente en los supuestos legalmente previstos, como insolvencia empresarial o concurso, y con límites. Antes de solicitar su intervención, documenta la deuda y comprueba que existe la resolución, certificación o presupuesto exigido para el caso. La responsabilidad de FOGASA puede no cubrir todo el importe reclamado. No confundas una solicitud al Fondo con la demanda contra el empleador ni esperes a que el procedimiento de insolvencia avance sin revisar plazos.
El finiquito es la liquidación de cantidades al terminar la relación, que puede incluir salario pendiente, vacaciones devengadas, pagas y otros conceptos. Una cantidad llamada “finiquito” puede tener su propio origen y discutirse junto a salarios, pero no debe mezclarse sin desglose. Firma recibos indicando lo que realmente recibiste; si no estás de acuerdo, pide copia y expresa la reserva con precisión. La indemnización por despido tiene fundamento distinto y su impugnación puede tener plazo de caducidad breve.
Comprobar importes y datos de la empresa
Si la empresa sigue operando pero retrasa pagos, conserva evidencia de cada vencimiento y de las respuestas que recibas. Si existe cierre, concurso o insolvencia, reúne razón social, CIF, centro de trabajo, nóminas y comunicaciones del administrador concursal cuando corresponda. La situación puede afectar a la estrategia y a qué órgano conoce la reclamación. No publiques datos de clientes o compañeros en redes para presionar por el pago; usa vías formales y limita la difusión de datos personales.
La preparación empieza con un cálculo verificable. Para cada mes, identifica salario pactado, días trabajados, cambios de jornada, ausencias justificadas, anticipos y pagos parciales. Contrasta el cálculo con el convenio y la nómina. Si hay conceptos variables, conserva objetivos, cuadrantes o indicadores usados para determinar el importe. Si la empresa cuestiona las horas o la categoría, marca qué hechos son admitidos y cuáles requieren prueba. Una hoja ordenada facilita la negociación y evita que las diferencias se escondan en un total sin explicación.
Antes de presentar, revisa los datos de la empresa y la dirección de notificación. Una sociedad puede haber cambiado de denominación, tener varios centros o pertenecer a un grupo; identifica al empleador que figura en contrato y nómina. Si hay cesión ilegal o grupo de empresas, no atribuyas responsabilidad a otra entidad sin base. Comprueba que la papeleta describe cada demandado y pretensión. Las correcciones tardías pueden retrasar el trámite, y el calendario de prescripción sigue corriendo.
Cerrar y conservar evidencia
Cuando la empresa propone pagos fraccionados, deja por escrito importe, fechas, cuenta y qué ocurre si un vencimiento falla. Aclara si el acuerdo reconoce toda la deuda o solo una parte. Guarda recibos y actualiza la tabla a medida que entren pagos. No firmes una renuncia amplia a cantidades no cuantificadas sin recibir asesoramiento. Si el pago se hace en efectivo, exige un recibo claro y conserva copia.
Al cerrar el asunto, comprueba que se abonaron las cantidades acordadas, actualiza el registro y guarda el acta, justificantes y documentos procesales. Si el acuerdo se incumple, busca ayuda para ejecutar o reclamar dentro del plazo correspondiente. El hecho de haber presentado una papeleta no garantiza por sí solo el cobro. La solvencia empresarial, la existencia de bienes y los procedimientos concursales influyen en la recuperación efectiva.
Pagos parciales y reconocimiento
Si la empresa paga una parte, actualiza el saldo sin borrar la deuda inicial. Guarda justificante, fecha, importe y concepto asignado. Un pago parcial no significa necesariamente que las partes hayan cerrado todos los meses reclamados. Si el empleador reconoce por escrito un complemento o una diferencia, conserva el mensaje y comprueba qué periodo comprende. Antes de firmar un acuerdo, separa el importe reconocido del que se discute y establece una fecha de pago verificable.
Cuando las cifras no coinciden
Una diferencia entre nómina y transferencia puede deberse a retenciones, anticipos, embargo u otro descuento, pero hay que identificarlo. Pide el recibo salarial y la explicación del concepto. Si la nómina refleja una cantidad superior a la pagada, registra la diferencia exacta. Si el recibo indica pago en efectivo o cheque, pide evidencia de entrega. No reclames dos veces el mismo concepto; vincula cada transferencia con un mes y concepto y conserva movimientos de la cuenta.
Despido al mismo tiempo que impago
Si además del salario pendiente recibes carta de despido, atiende primero la fecha de impugnación. La acción contra el despido tiene un plazo breve de caducidad distinto de la prescripción anual de cantidades. La papeleta puede incluir varias pretensiones si jurídicamente corresponden, pero no asumas que presentar una reclamación salarial protege la acción de despido. Envía la carta completa a quien te asesore y conserva prueba del día en que llegó.
Convenio, jornada y variables
Las diferencias de salario pueden depender del convenio aplicable, categoría, jornada, turnos, horas extraordinarias o incentivos. Reúne el calendario, cuadrantes y comunicaciones que permitan reconstruir los días trabajados. Para una retribución variable, conserva los objetivos, resultados y reglas de cálculo de cada periodo. La mera comparación con el salario de un compañero no demuestra que te corresponda la misma cantidad; identifica la norma, contrato o pacto que reconoce el concepto.
Si la empresa está en concurso
Cuando se ha declarado concurso, consulta quién administra el procedimiento y cómo comunicar el crédito. FOGASA puede intervenir si se dan los requisitos, pero sus límites y momento de solicitud no equivalen a una garantía íntegra e inmediata. Guarda resoluciones, certificado de deuda y comunicaciones del administrador concursal. Coordina la reclamación laboral con la información concursal para evitar duplicar conceptos o dejar fuera una nómina. Si solo hay rumores de insolvencia, verifica la situación antes de cambiar de vía.
Preparar una conciliación útil
Antes del acto de conciliación, ordena los conceptos y calcula una cantidad que puedas explicar. Indica periodos, bases y pagos recibidos; evita presentar una cifra redonda sin método. Lleva copias de nóminas, contrato, extractos y la reclamación anterior. Si el empleador formula una oferta, comprueba si cubre salario, intereses u otros conceptos, y si el pago será inmediato o fraccionado. El acuerdo debe permitir saber qué deuda se extingue y qué queda pendiente.
No dejes que un pago reciente haga olvidar los meses más antiguos. Revisa primero vencimientos próximos a completar un año y consulta si la papeleta produce el efecto que necesitas para la pretensión concreta. Si un representante acude a conciliación, confirma que dispone de facultad suficiente para negociar y aceptar cantidades. La firma de un acta puede cerrar cuestiones; pide tiempo para leer y que se refleje cualquier reserva.
Si la empresa no comparece o no hay acuerdo, solicita el acta correspondiente y conserva su referencia. El siguiente paso puede ser demanda ante el juzgado social, con plazos y requisitos procesales propios. No confundas el resultado del intento de conciliación con el reconocimiento de que la deuda está probada. Revisa si hay que actualizar la cantidad por pagos parciales antes de demandar.
Cuando varios trabajadores reclaman salarios, cada persona debe comprobar su propia nómina, meses y pretensiones. Un conflicto común no significa que todas tengan idéntico convenio, jornada o vencimiento. Coordinar la documentación puede ahorrar trabajo, pero el desglose individual debe seguir siendo claro. Si una reclamación incluye representantes, varias empresas o conceptos de distinta naturaleza, consulta si procede acumular acciones.
Preparar la documentación para asesoría
Una consulta es más fácil de revisar cuando no obliga a reconstruir el historial desde cero. Ordena primero los documentos por fecha y deja los originales intactos. Añade una hoja resumen con periodo, importe reclamado, pago recibido y prueba disponible. Señala si ya hubo un reconocimiento o una respuesta de la empresa. Si hay conceptos variables, explica cómo se calcularon y qué dato falta. Entrega el contrato y las nóminas completas, no solo páginas recortadas que pierden referencias.
En la cronología, incluye fecha de vencimiento, reclamación escrita, contestación, conciliación y cualquier pago. Distingue hechos de estimaciones. Si no sabes si una conversación interrumpió la prescripción, anótala como dato y deja que un profesional determine el efecto; no calcules la fecha final desde una suposición. Si hay varias empresas, identifica cuál aparece como empleadora y qué vínculo tiene cada una.
Pide al asesor que confirme por escrito qué cantidades incluye la reclamación y cuál es el siguiente vencimiento. Si la empresa propone resolver solo los meses recientes, pregunta qué ocurre con los anteriores y si el acuerdo implica renuncia. Conserva copia del documento firmado y los justificantes de cada transferencia. El archivo final debe permitir comprobar qué se pagó y qué sigue pendiente.
Esta página se limita a cantidades salariales vencidas. El centro de recursos laborales agrupa otras materias de relación de trabajo, pero un despido o una prestación de FOGASA necesita revisar su cauce y plazo propios.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo para reclamar salarios impagados?
El plazo general para exigir percepciones económicas es de un año desde que la acción pudo ejercitarse. Revisa cada concepto y vencimiento; no apliques esta regla sin más a despidos o finiquitos.
¿Desde cuándo corre el plazo para cada nómina?
Normalmente se analiza desde el vencimiento en que debió pagarse cada cantidad, pero convenio, calendario de pago, reclamaciones e interrupciones pueden afectar el cómputo.
¿Qué documentos acreditan salario y falta de pago?
Reúne contrato, convenio aplicable, nóminas, registro horario si afecta al importe, extractos bancarios y mensajes sobre el pago. Conserva una tabla que identifique importe y mes reclamado.
¿Cuándo intervienen conciliación y FOGASA?
La conciliación o mediación previa se exige en muchas reclamaciones individuales, con excepciones legales. FOGASA actúa en supuestos de insolvencia o concurso y no sustituye la reclamación ordinaria contra la empresa.