La AEAT llama modelo 714 al trámite del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). La orden del ejercicio 2025 distingue el D-714, que es la declaración, del 714, que es el documento de ingreso. Esta página explica cómo preparar y presentar la declaración; la obligación, las exenciones y la valoración exigen un análisis aparte. Acceder a Patrimonio WEB no confirma que debas declarar. Consulta el manual oficial del modelo 714 y la orden de los modelos D-714 y 714.
Elige primero ejercicio y administración
Comprueba qué ejercicio declaras y cuándo se abre la campaña correspondiente. A fecha de esta revisión, 27 de septiembre de 2026, la campaña estatal de Patrimonio 2025 ya está cerrada: la AEAT estableció presentación por internet del 8 de abril al 30 de junio de 2026. No reutilices ese periodo para el ejercicio 2026. La próxima campaña puede anunciar un calendario distinto. La AEAT publicó las fechas de la campaña 2025 y el BOE aprobó el modelo 714 para el ejercicio 2025.
Determina también el territorio. En el régimen común, el modelo 714 se presenta por la sede de la AEAT, aunque se apliquen reglas de la comunidad autónoma competente. La AEAT explica la presentación electrónica del 714. Navarra y los territorios históricos del País Vasco tienen regímenes forales: si te corresponde uno de ellos, verifica sus modelos y trámites en la administración competente. La Hacienda Foral de Navarra publica su campaña de Patrimonio, y el Concierto Económico atribuye la exacción en el País Vasco según sus reglas. Antes de copiar datos de la sede, comprueba residencia habitual y puntos de conexión.
Comprueba si existe obligación
La obligación de presentar el IP depende de las reglas de la Ley 19/1991, las normas de la comunidad autónoma competente, los bienes y derechos, las deudas deducibles, exenciones, límites y circunstancias personales. No hay una respuesta única basada solo en el valor bruto de un inmueble o en una cifra de patrimonio. La declaración puede resultar obligatoria incluso cuando la cuota sea cero en determinados supuestos que deben analizarse conforme a la norma.
Esta guía no desarrolla umbrales ni valora activos. Para esos elementos, consulta la guía general de Impuesto sobre el Patrimonio. Aquí nos centramos en el formulario: dónde acceder, qué ejercicio elegir, qué datos comprobar y cómo conservar el justificante. Si hay empresa familiar, bienes en el extranjero, usufructo, seguros, deudas o titularidad compartida, pide análisis individual antes de presentar.
Antes de abrir el formulario
Prepara inventario de bienes, derechos, saldos, valores, deudas y documentos de titularidad referidos al periodo correcto. Revisa cambios durante el año y fecha de devengo. Contrasta los datos fiscales incorporados en Patrimonio WEB con certificados, escrituras, extractos y registros; puede haber datos no trasladados o que debas completar.
Para una participación societaria, inmueble, seguro o activo financiero, identifica la regla de valoración que corresponde al ejercicio. Un valor de mercado, contable, catastral o de adquisición puede no ser la cifra exigida. Conserva el cálculo y fuente de datos, pero no incluyas un valor por imitación a una declaración previa sin confirmar que la situación y norma siguen iguales.
Comprueba datos personales, domicilio fiscal, estado civil y porcentaje de titularidad. Si se presenta declaración individual o hay varios titulares, evita duplicar el mismo activo o excluir una parte. La coordinación familiar no significa que una persona pueda presentar por otra sin revisar representación e identificación.
Acceso y presentación electrónica
Entra en Patrimonio WEB desde la página oficial del ejercicio y utiliza un método de identificación admitido. Revisa los datos incorporados y las notas de los no trasladados; completa las casillas necesarias y pulsa «Validar». Los errores impiden presentar; los avisos requieren revisión. La función «Vista previa» genera un PDF marcado «Borrador no válido para su presentación»: sirve para revisar, no para enviar. La ayuda de Patrimonio WEB muestra esos pasos.
Una vez enviada la declaración, descarga el PDF y el justificante con CSV. Comprueba identidad, ejercicio, fecha y resultado. La presentación y el pago son pasos separados: si resulta a ingresar, confirma que el cargo, NRC o domiciliación se ha completado. Conserva ambos recibos y archiva los cálculos que respaldan valoración y titularidad.
Si presentas desde un equipo de asesoría, confirma autorización para actuar y guarda evidencia de representación. La persona obligada debe revisar el resumen de la declaración, especialmente activos y porcentajes, y conservar acceso al documento final.
Corregir un error tras presentar
Si detectas un error, determina el ejercicio, casilla, bien afectado, dirección del error y si perjudica al contribuyente o a la Hacienda Pública. Después consulta el mecanismo que la administración competente habilita: rectificación, autoliquidación complementaria u otro procedimiento. No presentes otra declaración completa sin enlazarla con la original ni uses un modelo de AEAT cuando corresponda a la administración foral.
Guarda declaración original, justificante, documento que revela el error, cálculo correcto y escrito de corrección. Si el error deriva de una valoración discutida, puede haber plazos, intereses o consecuencias que requieren asesoría. No esperes a una comprobación para recopilar documentos si ya sabes que existe una diferencia relevante.
Diferencia entre modelos 714 y 720
La declaración D-714 liquida el Impuesto sobre el Patrimonio. El modelo 720 es una declaración informativa sobre determinadas categorías de bienes y derechos situados en el extranjero. Tener que presentar uno no determina automáticamente la obligación del otro; tampoco son formularios intercambiables. Analiza finalidad, umbrales, periodos y normativa de cada obligación por separado.
Lista antes de terminar
- He elegido el ejercicio que realmente declaro.
- He confirmado administración competente y reglas territoriales.
- He contrastado los datos incorporados y la Vista previa con documentos de titularidad y valoración.
- He comprobado porcentaje, exenciones y deudas con la norma correspondiente.
- He guardado el PDF, el CSV y, si procede, la evidencia de pago.
- Si corrijo, he identificado el procedimiento correcto y la declaración original.
Navegar el formulario por ejercicio
Confirma el ejercicio antes de incorporar datos. Comprueba en Patrimonio WEB qué información se ha trasladado y cuál no; ninguna de las dos listas acredita por sí sola titularidades, deudas o exenciones. Contrasta las cifras con extractos, escrituras, certificados y documentos societarios. Guarda el trabajo si interrumpes la sesión: el formulario tiene un tiempo de espera y el botón «Guardar» conserva la última versión en el servidor.
Prepara un inventario que separe inmuebles, depósitos, valores, seguros, derechos, participaciones y deudas, en la medida relevante. Anota titularidad, porcentaje y fecha de adquisición. El método de valoración puede cambiar según clase de bien. No uses automáticamente valor de mercado, contable, catastral o de compra sin verificar la regla aplicable al devengo.
La sede estatal tramita el formulario electrónico y ofrece servicios de ayuda, pero no necesariamente confección profesional de todos los elementos patrimoniales. Comprueba qué incluye la asistencia para ese ejercicio. Si usas apoderado o colaborador social, confirma que la autorización y el canal están habilitados para el modelo.
Resultado, pago y justificantes
Si la declaración resulta a ingresar, revisa las opciones de pago disponibles en la campaña: adeudo domiciliado, pago con NRC, reconocimiento de deuda u otras alternativas que la sede habilite. Comprueba fechas y datos bancarios antes de confirmar. Conserva por separado justificante de presentación y justificante de pago; uno no acredita necesariamente el otro.
El fraccionamiento automático en dos plazos de la campaña 2025 corresponde al IRPF, no al modelo 714. Si necesitas aplazar o fraccionar la deuda de Patrimonio, consulta el procedimiento ordinario y la administración competente antes de solicitarlo; presentar la declaración no equivale a obtener ese aplazamiento. La Orden HAC/277/2026 limita el segundo plazo de campaña al IRPF.
Territorio y corrección posterior
La normativa del impuesto puede variar por comunidad dentro del régimen común, mientras Navarra y País Vasco gestionan bajo régimen foral. Revisa residencia habitual y puntos de conexión; si hay cambio de territorio o bienes en distintas comunidades, no elijas sede solo por el domicilio del asesor.
Para el ejercicio 2025, el plazo estatal terminó el 30 de junio de 2026. Si ahora detectas error, guarda la declaración, CSV, pago, documento que evidencia la diferencia y cálculo correcto. Determina si corresponde rectificación o complementaria y si afecta a cuota. No presentes una declaración de un ejercicio posterior como sustituto de la corrección. Si hay copropiedad, comprueba si el cambio repercute en las declaraciones de otros titulares.
Titularidad, deudas y evidencia
Los bienes gananciales, cotitulares y derechos de usufructo requieren asignar correctamente titularidad y porcentaje. No dividas automáticamente por mitades ni declares todo a nombre de quien gestiona las cuentas. Usa títulos, escrituras y reglas del impuesto para fijar a quién corresponde cada elemento.
Las deudas deben reunir los requisitos de deducibilidad en la fecha de devengo. Conserva contrato, saldo y calendario; un gasto futuro, una deuda de otra persona o una cuota no vencida pueden necesitar tratamiento diferente. La entidad financiera puede emitir certificado, pero revisa titular, fecha y saldo.
Para participaciones no cotizadas o empresas familiares, reúne cuentas y documentos societarios y confirma criterios de valoración y exención con la norma vigente. La sede no puede decidir si se cumplen requisitos de actividad, remuneración o participación. El modelo recoge datos declarados por el contribuyente.
Guarda y revisa antes de firmar
Patrimonio WEB permite recorrer los apartados del formulario, validar la declaración y volver al campo que origina un aviso o error. Guarda el trabajo antes de salir de la sesión; si vuelves a guardar el mismo expediente, la última versión sustituye a la anterior en el servidor. El PDF de «Vista previa» muestra lo cumplimentado, pero no acredita presentación. Vuelve al formulario para corregir los datos que detectes al leerlo.
Cuando la validación no muestre errores, sigue la secuencia de firma y envío. El éxito se confirma con una página de respuesta y un PDF cuya primera hoja contiene número de entrada, CSV, número de justificante, fecha y datos del presentador. Si solo tienes el PDF con marca de agua, todavía no has presentado. La guía técnica de la AEAT distingue ambos documentos.
Qué hacer si el pago no coincide con la presentación
Compara el justificante de presentación con el NRC, domiciliación o recibo bancario. Anota fecha, cuenta, importe y referencia. Si la declaración está presentada pero el pago no se completó, consulta la gestión de deudas y el calendario de la sede competente; no pagues una segunda vez sin verificar si ya hay ingreso aplicado.
Si la declaración resulta negativa o sin ingreso, conserva igualmente el PDF de presentación. El modelo 714 no tiene un resultado ordinario «a devolver»; si una rectificación pone de manifiesto un ingreso indebido, la posible devolución se tramita por el procedimiento que corresponda. Una captura de la pantalla inicial no sustituye el justificante con CSV. El manual de Patrimonio 2025 distingue resultados «a ingresar» y «negativa».
Para el año 2025, el plazo de campaña terminó el 30 de junio de 2026, con fecha previa para domiciliación de pago. Si se presentó tarde o la obligación se descubre después, pide revisión de las consecuencias según resultado, administración y motivo. No utilices el plazo de una campaña anterior para un ejercicio futuro.
Campaña terminada: siguiente actuación
Para Patrimonio 2025 la presentación ordinaria estatal terminó el 30 de junio de 2026. Si no presentaste, primero confirma si estabas obligado y cuál era la administración competente. Si resultaba cuota a ingresar, puede haber consecuencias por presentación fuera de plazo; si no había cuota, el análisis tampoco se resuelve automáticamente. Reúne patrimonio a fecha de devengo, cálculo y comunicaciones para que un profesional revise el caso.
Para el ejercicio 2026 no uses todavía fechas de 2025. La campaña se abre y publica instrucciones en el siguiente año. Revisa la página oficial cuando se anuncien modelo, orden y plazo; confirma si el formulario y programa siguen siendo los mismos.
El modelo 714 puede modificarse solo por la vía habilitada para el ejercicio y la administración. Conserva número de justificante y CSV de presentación inicial. Si el sistema no permite una corrección electrónica, usa el procedimiento administrativo que corresponda y no envíes una carta sin identificar declaración y pretensión.
Revisión de la Vista previa con otra persona
Una segunda revisión puede comparar inventario con datos fiscales, identificar porcentajes omitidos y confirmar el territorio. Define qué persona valida activos y quién autoriza firma. Si cambia una cifra, registra fuente y motivo antes de presentar, para que la revisión sea repetible.
No compartas claves de autenticación para pedir esa revisión. Exporta el PDF o la vista previa por canal seguro y elimina copias temporales cuando ya no sean necesarias según la política documental.
Cierre del expediente anual
Tras presentar, conserva inventario final, justificante, pago, notas de valoración y autorizaciones. Registra quién revisó y aprobó. Para el siguiente ejercicio, conserva solo los datos que siguen vigentes y vuelve a comprobar valores y titularidad; no dupliques la declaración anterior como si los activos no hubieran cambiado.
Presentaciones en representación
Si la declaración la confecciona un asesor, confirma que cuenta con autorización para la sede y el ejercicio. Revisa el resultado con el contribuyente antes de firmar y registra quién conserva el CSV. El acceso delegado no traslada la obligación tributaria a quien prepara el modelo.
La copia electrónica original debe mantenerse íntegra. Si se genera una Vista previa para revisión, recuerda que lleva la marca de agua «Borrador no válido para su presentación» y elimina copias temporales de forma segura cuando termine el proceso.
Si se presenta con certificado o Cl@ve de un representante, archiva también la evidencia de autorización que corresponde a ese canal.
Siguiente paso
Para Patrimonio 2025, el plazo estatal cerró el 30 de junio de 2026; para otro ejercicio, consulta su calendario cuando se publique. Accede a la ficha vigente del modelo 714 de la AEAT solo después de confirmar que tu administración competente es la estatal. Consulta el centro de recursos fiscales y contables o el servicio fiscal y contable si necesitas revisar obligación y valoración.
Preguntas frecuentes
¿Quién debe presentar el modelo 714?
Quien esté obligado por la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio y la normativa territorial aplicable. La obligación depende de los bienes, exenciones, cuota y reglas del territorio.
¿En qué fechas se presenta el modelo 714 del ejercicio vigente?
La campaña del ejercicio 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026 y está cerrada. El calendario para el ejercicio siguiente se debe verificar cuando lo publique la administración competente.
¿Cómo se cumplimenta y presenta el modelo 714 en Patrimonio WEB?
Accede a Patrimonio WEB del ejercicio, comprueba los datos incorporados, completa las casillas y pulsa Validar. La Vista previa genera un PDF no válido para presentar. Después firma y envía; guarda el justificante con CSV.
¿Qué se hace si hay que modificar una declaración ya presentada?
Identifica el ejercicio, el dato y el efecto del error; utiliza la rectificación o declaración complementaria que corresponda y conserva la declaración inicial y su justificante.
Resumen de respuesta y límites
- La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio se identifica como D-714 y su documento de ingreso como 714 en la orden del ejercicio 2025. Orden HAC/277/2026
- La AEAT abrió la campaña de Patrimonio 2025 del 8 de abril al 30 de junio de 2026 y facilitó la presentación por internet. AEAT — Fechas campaña Renta y Patrimonio 2025
- En Patrimonio WEB, revisa los datos incorporados, completa la declaración, usa Validar y Vista previa y conserva el justificante tras firmar y enviar. AEAT — Funcionamiento y manejo de Patrimonio WEB
- En régimen común, el modelo 714 se presenta por la sede de la AEAT aplicando la normativa autonómica correspondiente; si procede un régimen foral, verifica su trámite propio. AEAT — Forma de presentación, Gobierno de Navarra, BOE — Concierto Económico
- Esta guía se refiere al formulario y a la presentación; no determina por sí sola obligación, valoración, exenciones o cuota del impuesto. AEAT — Manual del modelo 714, ejercicio 2025