Qué informa el modelo 721

El modelo 721 es una declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero. No es una autoliquidación del impuesto sobre la renta y no calcula una cuota por el mero hecho de declarar. Su función es informar a la Administración de ciertos activos y posiciones. Para saber si existe obligación, hay que determinar persona obligada, titularidad o capacidad de disposición, ubicación de la custodia, saldo al cierre y exclusiones. La palabra «exchange extranjero» por sí sola no resuelve todos esos elementos: la FAQ de AEAT define qué se entiende por moneda virtual y cuándo se entiende situada fuera.

Cuándo se entiende situada en el extranjero

Una moneda se entiende situada en el extranjero cuando el custodio que salvaguarda las claves por cuenta de terceros no está obligado a informar conforme al apartado 6 de la disposición adicional decimotercera de la Ley del IRPF. AEAT: localización. Identifica la entidad o establecimiento que presta la custodia y su obligación informativa en España. La marca del exchange, el país del servidor o el lugar donde se presta un servicio no bastan. Guarda contrato, extractos y respuesta del proveedor si faltan datos. Para España, el criterio se refiere al custodio obligado a informar, no a asignar un país físico a cada token.

El umbral inicial y su cálculo conjunto

La sede de AEAT indica que no existe obligación de informar cuando los saldos a 31 de diciembre de cada tipo de moneda virtual situadas en el extranjero, valorados en euros, no superen conjuntamente 50.000 euros, con las excepciones que la propia pregunta detalla. No calcules el umbral por cada exchange si la norma requiere agregación de titularidad, ni olvides posiciones en más de un proveedor. Si supera el umbral, la FAQ indica que debe informarse sobre todas las monedas comprendidas. La conversión a euros y la fecha de valoración deben seguir las reglas oficiales aplicables.

Titulares, beneficiarios y personas con poder

La obligación puede alcanzar no solo al titular registral, sino a otras posiciones descritas por la normativa informativa, como autorizado, beneficiario, titular real o persona con poder de disposición. El nombre que aparece en la aplicación no siempre representa toda la relación de control. Revisa quién aporta fondos, quién puede ordenar movimientos, si existe custodia por cuenta de tercero y cómo se documentó. Si una empresa mantiene activos en balance, identifica su titular jurídico y su tratamiento contable. La declaración de una persona no se deduce automáticamente de la del exchange.

Exclusiones de declaración

La AEAT enumera activos que no deben informarse en ciertos casos, entre ellos algunas monedas de entidades exentas, personas jurídicas o establecimientos permanentes cuando los datos ya constan individualizados en contabilidad, y personas físicas con actividad que cumplan requisitos contables específicos. Las exclusiones no son una regla genérica para cualquier empresa que contabilice «cripto». Hay que identificar denominación, valor, custodio y país, y verificar el tipo de entidad. La documentación contable debe individualizar lo que exige la norma. Si solo existe un saldo agregado o cuenta de balance, puede no cumplirse la condición.

Diferencia entre 721 y 720

El modelo 721 informa monedas virtuales en el extranjero. El modelo 720 agrupa otras categorías de bienes y derechos situados fuera y puede alcanzar una cuenta bancaria de dinero fiduciario relacionada con un exchange si se cumplen los requisitos. Tener euros en la cuenta de plataforma no los convierte en moneda virtual ni en saldo 721. Del mismo modo, un saldo cripto no se declara como cuenta bancaria solo porque se custodie en una plataforma. Haz un inventario por activo: bitcoin o token, efectivo, cuenta de pago, valores o inmueble; luego aplica cada bloque normativo por separado.

Monedas virtuales y autocustodia

Las monedas en monederos cuyas claves privadas controla el propio usuario, sin custodia de terceros, no se computan ni se informan en el modelo 721, con independencia de que el monedero sea caliente o frío. AEAT: monederos y control de claves. Conserva documentación que acredite quién controla las claves. No incluyas frases semilla ni claves privadas en el expediente fiscal. Si la plataforma ofrece servicios custodiales y no custodiales, clasifica cada posición según su relación concreta. Un dispositivo frío no garantiza por sí solo autocustodia, ni una conexión a internet implica custodia de terceros.

Primera presentación y declaraciones posteriores

Después de la primera declaración, hay nueva obligación si el saldo conjunto a 31 de diciembre aumenta más de 20.000 euros respecto del que motivó la última, o por extinción de la condición respecto de monedas antes declarables; si el producto de la transmisión se reinvierte íntegramente en otras monedas extranjeras objeto de declaración, solo se informan los saldos al cierre. AEAT: declaraciones posteriores. Para revisar una baja, conserva el historial del activo y si hubo obligación previa de informarlo. La FAQ excluye la cancelación de una moneda comprada y vendida en el mismo ejercicio que nunca tuvo obligación previa de declarar. Documenta ventas, importe reinvertido y nuevas monedas antes de aplicar la excepción.

Plazo de presentación

El plazo ordinario es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio informado. La sede presenta el intervalo de cada campaña y puede mostrar incidencias técnicas excepcionales. Una imposibilidad técnica de presentación puede habilitar los cuatro días naturales posteriores que AEAT publica; no es una extensión automática por vacaciones, retraso del custodio o error de datos. Presenta con margen, obtén el justificante electrónico y verifica el estado de la declaración. La obligación se refiere al ejercicio terminado, no al periodo del calendario en que se presenta.

Datos que conviene reunir antes de cumplimentar

Reúne identificación, moneda virtual, número de unidades, valor al cierre, entidad de custodia y país o territorio, fecha de adquisición o extinción cuando proceda, porcentaje de titularidad, representación y capacidad de disposición. Conserva extractos, informes del exchange, movimientos de monedero y fuente de cotización usada. Si hay varias plataformas, concilia duplicados y transferencias internas para no contar dos veces el mismo activo. Los datos concretos dependen de las casillas y diseño vigente del formulario; revisa el manual del ejercicio y no uses un archivo de campaña anterior.

Cómo tratar una transferencia entre plataformas

Trasladar criptomonedas de un proveedor a otro puede cambiar custodio y localización informativa, aunque no necesariamente sea una venta. Guarda origen, destino, fecha, hash de transacción y saldo antes y después. Si termina la titularidad o cambia la persona con poder de disposición, la FAQ puede exigir información de extinción. No asumas que toda transferencia hace nacer un evento fiscal de ganancia patrimonial ni que nunca afecta al modelo. Son cuestiones distintas: información sobre activos y tributación de operaciones.

Herencia, donación o pérdida de titularidad

Cambios de titularidad por herencia, donación, liquidación o fallecimiento deben revisarse tanto para el ejercicio como para la condición de obligado. La FAQ de AEAT señala que herencia yacente o herederos pueden tener que informar de la extinción de titularidad ocasionada por fallecimiento. Esto no significa que cada herencia tenga idéntico formulario: importa qué moneda se poseía, quién sucede y cuándo se produce el cambio. Conserva escritura, inventario, certificados del custodio y fecha de fallecimiento. No esperes a que el proveedor cambie el nombre para analizar el cierre.

Correcciones, declaraciones complementarias y errores

Si se presentó un saldo equivocado o se omitió un custodio, revisa las opciones de modificación, complementaria o sustitutiva que ofrezca AEAT para la campaña. Comprueba qué declaración anterior se modifica y usa el justificante para evitar duplicados. Un error material en la valoración no se corrige borrando un archivo local; hay que seguir la sede. Si la obligación se descubrió tarde, presenta con asesoramiento y analiza consecuencias de la demora. Las sanciones y periodos de prescripción dependen del caso y de la normativa aplicable; no se estiman en esta guía.

Lista de control de cierre de ejercicio

Al 31 de diciembre, identifica todos los proveedores de custodia, exporta saldos y movimientos, concilia transferencias internas, identifica titular y poderes, convierte valores a euros con método documentable, comprueba exclusiones contables y contrasta umbral agregado. Después guarda el inventario con fecha y la norma consultada. Entre enero y marzo, valida si corresponde la declaración, presenta por la sede y archiva el recibo. En ejercicios siguientes, compara con el saldo que determinó la última declaración y vigila extinciones. Este proceso evita reconstruir operaciones meses después.

Límite de la guía

El artículo no determina la obligación de una persona concreta ni resuelve si un proveedor satisface la definición de entidad de custodia extranjera. La AEAT mantiene FAQs detalladas que deben releerse antes de cada campaña; el calendario de campaña y las instrucciones de sede también deben verificarse. Si hay wallets autocustodiadas, entidades vinculadas, titulares múltiples o contabilidad compleja, documenta hechos y consulta asesoría fiscal. No confundas la declaración informativa con IRPF, impuesto sobre patrimonio o modelo 720.

Siguiente paso práctico

Empieza por clasificar activos y quién los mantiene. Para cada posición, registra importe a 31 de diciembre, localización de la custodia, persona titular o autorizada y si se presentó anteriormente. Contrasta esa tabla con las preguntas frecuentes de AEAT sobre quién declara, exclusiones, localización y umbral. Solo después decide si hay que presentar. Usa el modelo vigente de la sede y conserva evidencia de envío; si el resultado es negativo, deja documentado por qué no se supera umbral o aplica una exclusión. Así la decisión puede revisarse en la próxima campaña.

Un inventario reproducible del saldo

Exporta extractos directamente desde cada custodio y guarda fecha de descarga, hora de corte, moneda, unidades y valor en euros. Normaliza activos duplicados por transferencias internas y registra direcciones de wallet para trazar movimientos. Si se usan varios proveedores, suma por titular y situación, no por cuenta aislada. Conserva la metodología de conversión y fuente del precio. Un inventario legible facilita comprobar 50.000 euros y justificar la declaración incluso si la plataforma cierra o limita acceso.

Residencia fiscal y titularidad no son el mismo dato

El ámbito de obligados comprende personas físicas y jurídicas residentes en España, establecimientos permanentes en España de personas o entidades no residentes y entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. AEAT: obligados al modelo 721. Dentro de ese ámbito, comprueba la condición de titular, beneficiario, autorizado, titular real o persona con poder de disposición, además de la custodia, el saldo y las exclusiones aplicables. Las herencias yacentes están comprendidas en el artículo 35.4 LGT. Vivir temporalmente en España no determina por sí solo la residencia fiscal anual; aplica los criterios fiscales y documenta fechas.

Los sujetos domiciliados en País Vasco y Navarra presentan la declaración conforme a la normativa estatal o foral a la que estén sometidos. AEAT: País Vasco y Navarra. Identifica la Administración competente y la normativa aplicable antes de usar el formulario o canal estatal; no deduzcas esa competencia únicamente del lugar de residencia. Para entidades, comprueba también establecimiento permanente y contabilidad individualizada. Esta declaración es distinta de la prueba de origen de fondos que pueda pedir un banco o exchange.

La entidad de custodia puede ser distinta de la marca

Un exchange puede operar a través de sociedades del grupo, custodios terceros o proveedores de wallets. Lee contrato, extractos y aviso legal para determinar quién guarda activos y en qué jurisdicción. La página de marca comercial no demuestra por sí sola el país de custodia. Guarda versión de condiciones y comunicaciones del proveedor. Si no se revela custodio, solicita información por soporte oficial y conserva respuesta. La ubicación y control pueden afectar la clasificación informativa.

Monedas exentas en libros: individualizar de verdad

La excepción por activos registrados en contabilidad requiere datos individualizados, no solo que la empresa presente cuentas anuales. Comprueba si el libro contable identifica moneda, valor y entidad de custodia/país como pide AEAT. Si el dato se agrupa en una sola cuenta, puede faltar nivel suficiente. Conserva auxiliares, política contable y extractos. Revisa además que quien declara sea una persona o entidad incluida en la excepción y que todos los activos cubiertos cumplan sus condiciones.

Preparar la campaña sin repetir archivos viejos

A principios de año revisa formulario, manual, plazo y cambios de sede para el ejercicio informado. Compara la declaración previa para saber el saldo que determina el umbral posterior de 20.000 euros. Añade nuevos exchanges, bajas de custodios y extinciones de titularidad. No precargues una copia de la campaña anterior sin validar NIF, cuenta, ejercicio y activo. Descarga el justificante de la nueva presentación y enlázalo al inventario que la respalda.

Valor de las posiciones y moneda de reporte

La valoración en euros debe utilizar la metodología aceptada para la fecha y activo. Guarda fuente del cambio y hora de corte, sobre todo para tokens con poca liquidez o monedas estables. No sustituyas saldo de 31 de diciembre por promedio anual. Si exchange muestra saldo total que incluye efectivo, separa dinero fiduciario de moneda virtual. La AEAT trata ambas posiciones bajo obligaciones potencialmente diferentes.

Beneficiarios y custodia compartida

Si varias personas tienen propiedad, autorización o beneficio sobre la misma cartera, identifica cada rol y evita duplicar sin analizar la instrucción del modelo. Una cuenta conjunta o wallet controlada por empresa y socio necesita determinar a quién pertenece cada activo. Guarda contratos, acuerdos de custodia y contribuciones. Declarar bajo un NIF no elimina la obligación de otro titular si la norma lo considera obligado.

Plataforma insolvente, bloqueada o cerrada

Si el proveedor restringe retiros o entra en insolvencia, conserva comunicaciones de bloqueo, saldo mostrado y reclamación. La imposibilidad de disponer puede afectar valoración y poder, pero no debe asumirse que extingue automáticamente titularidad u obligación informativa. Documenta el estado al cierre y consulta FAQ vigente. Mantén exportaciones locales para probar el saldo si el portal deja de funcionar.

Archivo de evidencia y seguridad

Los informes de exchanges incluyen direcciones, estrategias y datos personales. Guarda copias cifradas, limita acceso a responsables fiscales y establece plazo de conservación de acuerdo con obligación legal. Evita incluir seed phrase, claves privadas o contraseñas en el expediente. Una declaración informativa nunca requiere entregar acceso a wallet. Si un asesor necesita saldo, proporciona extracto exportado sin credenciales.

Comprobación normativa y fuentes

  • Las monedas en monederos cuyas claves privadas controla el propio usuario, sin custodia de terceros, no se computan ni se informan en el modelo 721, con independencia de que el monedero sea caliente o frío. Fuente oficial.

  • Una moneda se entiende situada en el extranjero cuando el custodio que salvaguarda las claves por cuenta de terceros no está obligado a informar conforme al apartado 6 de la disposición adicional decimotercera de la Ley del IRPF. Fuente oficial.

  • El modelo 721 informa de monedas virtuales situadas en el extranjero; la obligación inicial se determina, entre otros requisitos, por el saldo conjunto a 31 de diciembre y el umbral de 50.000 euros, con exclusiones previstas por normativa. Fuente primaria.

  • La AEAT indica que el modelo 721 se presenta del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al ejercicio informado. Fuente primaria.

  • Después de la primera declaración, hay nueva obligación si el saldo conjunto a 31 de diciembre aumenta más de 20.000 euros respecto del que motivó la última, o por extinción de la condición respecto de monedas antes declarables; si el producto de la transmisión se reinvierte íntegramente en otras monedas extranjeras objeto de declaración, solo se informan los saldos al cierre. Fuente primaria.

  • El modelo 721 se refiere a monedas virtuales situadas en el extranjero, no al dinero fiduciario que se mantiene en una cuenta de un exchange; esa cuenta puede analizarse separadamente bajo el modelo 720. Fuente primaria.

  • Las excepciones al suministro informativo incluyen ciertos saldos registrados de forma individualizada en contabilidad y otras exclusiones definidas por AEAT; no se debe aplicar el umbral sin revisar el titular y sus circunstancias. Fuente primaria.

Recursos relacionados

Consulta centro de recursos fiscales y contables para otras guías. El modelo 720 y declaración de bienes en el extranjero trata otros activos y derechos; comprueba cada obligación por separado. Para revisar una cartera y su custodia, consulta el servicio fiscal y contable.

Preguntas frecuentes

¿Qué monedas virtuales deben informarse en el modelo 721?

El modelo 721 se refiere a monedas virtuales situadas en el extranjero conforme a las reglas de custodia del artículo 42 quater del Reglamento de gestión. Revisa el tipo de activo, la entidad que lo custodia y las personas con condición de titular, autorizado, beneficiario o poder de disposición; no deduzcas la obligación únicamente de que un exchange tenga domicilio extranjero.

¿Qué se considera custodia en el extranjero y quién es titular obligado?

El ámbito incluye residentes en España, establecimientos permanentes en España de no residentes y entidades del artículo 35.4 LGT, según su titularidad o posición declarable. En País Vasco y Navarra rige la normativa estatal o foral a la que estén sometidos. La moneda se considera extranjera cuando el custodio no está obligado a informar conforme a la disposición adicional decimotercera.6 de la Ley del IRPF. Sin custodia de terceros, las monedas cuyas claves controla el usuario quedan fuera del modelo 721.

¿Qué umbral y excepciones se aplican?

No hay obligación inicial si el saldo conjunto de monedas extranjeras a 31 de diciembre no supera 50.000 euros, sin perjuicio de las exclusiones reglamentarias. Tras declarar, revisa el incremento superior a 20.000 euros y las extinciones. Si lo obtenido al transmitir se reinvierte íntegramente en otras monedas extranjeras objeto de declaración, solo se informan los saldos al cierre.

¿Cuándo se presenta y qué diferencia hay con modelo 720?

Se presenta entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio informado, conforme al calendario de la AEAT. El modelo 721 informa monedas virtuales; el 720 cubre otras categorías de bienes y derechos en el extranjero, como determinadas cuentas. No mezcles saldos fiat y cripto.