Resumen verificado
- Para rellenar el modelo 720 en la sede de la AEAT, identifica al declarante, añade un registro por cada bien o derecho informable, valida los campos, revisa el borrador y termina con Firmar y Enviar. Ayuda del formulario de la AEAT.
- Las preguntas técnicas de la AEAT distinguen campos comunes y campos específicos: para cuentas piden identificación y saldos; para inmuebles, fecha y valores; para valores, seguros y rentas, identificación y valoración según la clave. Preguntas técnicas de la AEAT.
- En el formulario, usa Nuevo registro para añadir bienes, Validar para localizar errores y Vista previa para examinar el PDF antes de firmar; el PDF de vista previa no acredita la presentación. Ayuda del formulario de la AEAT.
- Si la declaración supera 40.000 registros, la ayuda de la AEAT dirige a la presentación mediante fichero; el formulario web está disponible hasta ese límite. Ayuda del formulario de la AEAT.
- Solo la respuesta a una presentación correcta contiene número de entrada, código seguro de verificación, número de justificante, fecha y datos del presentador; guardar la sesión no equivale a presentar. Ayuda del formulario de la AEAT.
Esta guía explica cómo rellenar el modelo 720 en el formulario electrónico de la Agencia Tributaria. Empieza cuando ya has decidido, con arreglo al ejercicio correspondiente, que debes presentarlo. Si todavía dudas sobre los bloques de bienes, los límites o la necesidad de volver a declarar, consulta primero la guía general del modelo 720. Aquí nos centramos en el expediente y en los pasos de la sede: qué documentos preparar, dónde introducir los datos y cómo comprobar que el envío terminó.
La ayuda oficial consultada describe el formulario habilitado para el ejercicio 2025. La interfaz, los campos y el acceso a la campaña pueden cambiar. Antes de trabajar con una declaración de otro ejercicio, abre la página del trámite 720 y comprueba que eliges el ejercicio correcto. Si tributas conforme a normativa foral, verifica también cuál es la administración competente y utiliza sus instrucciones. La sede estatal no sustituye ese análisis.
Antes de abrir el formulario: prepara un inventario
Entrar con documentos incompletos suele acabar en una sesión guardada que nunca se presenta, o en un registro con un saldo o fecha tomados de memoria. Prepara una línea por bien o derecho y conserva el documento del que saldrá cada dato. Para una cuenta, el extracto debe permitir identificar entidad, cuenta, titularidad y los saldos exigidos. Para valores o seguros, pide un certificado de la entidad que aclare la posición, la valoración y las condiciones de la persona declarante. Para un inmueble, reúne título, ubicación, fecha de adquisición y valores que corresponda declarar.
Separa el inventario en tres grupos: cuentas; valores, derechos, seguros y rentas; e inmuebles y derechos reales sobre estos. No es una clasificación por proveedor. Una misma entidad financiera puede custodiar efectivo y valores que exigen registros diferentes. Tampoco conviertas una moneda virtual en un valor del 720 por analogía: la sede del trámite avisa de que las monedas virtuales no se informan en este modelo; existe un modelo 721 para su ámbito específico.
Para cada línea del inventario anota tipo de activo, condición de quien declara, país, entidad o dirección, fecha de adquisición o apertura, fecha de cancelación o transmisión si existe, valoraciones requeridas y soporte documental. Si hay varios titulares, separa valor total y porcentaje de participación. La FAQ técnica de la AEAT señala que el porcentaje no es obligatorio cuando la condición es la de autorizado; eso no autoriza a inventar un porcentaje para otros supuestos.
Antes de convertir importes en moneda extranjera, identifica la fecha y el criterio de valoración aplicable al bien. No uses automáticamente el cambio del día en que abres el formulario. Si el certificado está en otra moneda, guarda el original, la conversión y su fuente. Un registro reproducible será más fácil de corregir si el sistema devuelve un error o si posteriormente necesitas explicar cómo llegaste al importe.
Acceso e identificación
Desde la página de gestiones del modelo 720, abre la presentación del ejercicio que corresponda. La ayuda del formulario indica que se puede acceder con certificado o DNI electrónico y, para personas físicas, con Cl@ve. Si quien presenta no tiene el certificado del declarante, comprueba antes de entrar que dispone de colaboración social o apoderamiento para el trámite. Poder ver un documento de otra persona no equivale a poder presentar su declaración.
El formulario permite empezar manualmente con «Continuar» o importar un fichero confeccionado de acuerdo con el diseño de registro. Introduce el NIF del declarante y comprueba a quién pertenece. Si ya hay una sesión guardada o una declaración presentada, la pantalla puede ofrecer cargar la sesión, cargar la declaración para modificar registros o crear una nueva. Lee la opción completa: cargar la declaración anterior para corregirla no es lo mismo que abrir una declaración nueva.
En la sección del declarante rellena los campos marcados como obligatorios. La FAQ técnica enumera NIF y apellidos y nombre o razón social, y datos de la persona con quien relacionarse. Los campos de resumen se completan con los bienes incluidos; no fuerces ese resumen antes de añadir registros. Verifica la identificación contra los documentos fiscales, sobre todo si una asesoría presenta por varios clientes.
Formulario o fichero
El formulario web permite hasta 40.000 registros, según la ayuda actual de la AEAT. Para un volumen superior se usa la presentación mediante fichero. La vía por fichero también puede admitir menos registros, pero exige un archivo ajustado al diseño vigente y una validación propia. Una persona con pocos bienes normalmente trabajará con el formulario; una empresa con muchos registros puede necesitar procesos de datos y revisión distintos. La elección de canal no cambia por sí misma quién está obligado a declarar.
Si importas datos, revisa la alternativa que ofrece el sistema: borrar los registros actuales e importar, o agregar los nuevos a los existentes. La primera reemplaza los registros de la declaración en curso; la segunda puede duplicar bienes si ya estaban incluidos. Haz una copia del inventario y verifica el recuento después de importar. La ayuda de la AEAT permite además exportar un fichero .720 desde el propio formulario; conservarlo facilita revisar el trabajo, pero tampoco sustituye el justificante del envío.
Un registro por bien o derecho
En la pestaña de bienes y derechos, «Nuevo registro» abre la entrada de un elemento. Hay campos comunes: condición del declarante, tipo y subclave del bien o derecho, país, ubicación o domicilio de la entidad, origen y, cuando procede, porcentaje de participación. La lista técnica de la AEAT identifica los obligatorios con asterisco rojo. Algunas claves dependen del tipo de activo y de si el registro es inicial, corresponde a una transmisión o responde a otra circunstancia prevista. Lee las opciones del ejercicio en pantalla antes de escoger por semejanza con un expediente anterior.
No confundas «origen del bien o derecho» con el país donde se encuentra. En la FAQ, origen describe el motivo por el que se incorpora el registro, como la primera información, la transmisión o el nuevo deber de declarar por cambio de valor. El país se consigna aparte. Una misma cuenta puede tener país de la entidad y otros datos de localización; usa los códigos que pide el formulario, no abreviaturas creadas para tu hoja de trabajo.
Cuentas en entidades financieras
Para una cuenta, la AEAT pide clave de identificación, código de cuenta e identificación de la entidad. Si el origen es una primera declaración, su FAQ técnica enumera fecha de incorporación, saldo a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre como valoraciones específicas. Si se comunica una cancelación, la relación de campos cambia: fecha de incorporación, fecha de cancelación y saldo en la fecha de cancelación. No copies el saldo de cierre anual en la casilla de cancelación si la cuenta ya no existía en esa fecha.
Pide a la entidad el número de cuenta completo y un certificado o extracto que refleje las fechas necesarias. Una pantalla con el saldo actual puede no permitir calcular el promedio del último trimestre. Si hay cotitulares, guarda también el documento de titularidad y el porcentaje correspondiente. La obligación y el valor que se informan en una cuenta compartida se deciden con las reglas del modelo, no dividiendo sin más el saldo por el número de personas.
Imagina una cuenta que figura en tu declaración anterior y que cerraste durante el ejercicio. El extracto de diciembre no servirá para describir la cancelación: busca el certificado de cierre, anota su fecha y toma de él el saldo que corresponda informar. Si además la entidad cambió de nombre, conserva un documento que permita reconocer que se trata de la misma cuenta. Cada casilla debe poder remontarse a una fuente, aunque el banco extranjero use otro formato de extracto.
Valores, derechos, seguros y rentas
Este grupo reúne activos de naturaleza diferente. La FAQ técnica de la AEAT indica que la fecha de incorporación no es obligatoria para este bloque y que ciertos campos de identificación y representación son obligatorios solo para determinadas claves de valores o instituciones de inversión. La identificación de la entidad y la valoración que corresponda deben revisarse según el registro. No uses una sola fila genérica para todos los instrumentos de una cuenta de inversión.
Un informe de cartera puede contener efectivo, acciones, participaciones de fondos y seguros bajo un mismo nombre comercial. Clasifica cada posición antes de abrir el formulario. Para cada una, conserva el extracto o certificado de cierre, el número de valores o participaciones si se exige, la entidad que los custodia y la condición de la persona que informa. Si un producto no encaja claramente en una clave, consulta la ayuda de la campaña y documenta el criterio antes de enviarlo.
La guía general del modelo 720 explica qué bienes pueden integrar este bloque y cuándo nace la obligación. Esta página no sustituye ese análisis. Su objetivo es evitar un error más operativo: llegar al campo «valoración» sin saber qué documento lo soporta o qué clave activa los campos que el formulario marca como obligatorios.
Inmuebles y derechos sobre inmuebles
Para inmuebles, la FAQ técnica exige fecha de incorporación y clave del tipo de bien. Si el origen corresponde a una primera declaración, la valoración 1 es el valor de adquisición. Si se informa una transmisión, se piden fecha de transmisión, valor de adquisición y valor de transmisión en las casillas diferenciadas que indica la AEAT. Una tasación reciente, el valor fiscal local o el saldo de la hipoteca no son por sí mismos esos campos.
Reúne escritura, identificación registral o local del inmueble, dirección, fecha y forma de adquisición, porcentaje y documentación de una eventual transmisión. Si declaras un derecho sobre inmueble y no la propiedad plena, identifica qué derecho posees. No cambies su naturaleza para poder completar más fácilmente el formulario. Una traducción de trabajo de los documentos extranjeros puede ayudar a relacionar sus términos con las claves españolas, pero conserva siempre el documento original.
Si un inmueble fue adquirido en moneda extranjera, identifica el criterio de conversión aplicable a su valor y fecha. Si se transmitió, documenta por separado el valor de adquisición y el de transmisión. Revisar esas dos cifras junto al título y al contrato de venta evita mezclar el precio original con lo que se cobró después de gastos, deuda o retenciones. Las instrucciones del ejercicio y las circunstancias del bien determinan el dato informable.
Validar, guardar y revisar
Cuando hayas incluido los registros, pulsa «Validar». La ayuda oficial indica que el formulario muestra errores o avisos y permite ir al campo afectado. Un error impide continuar con ese registro; un aviso pide revisión. Descarga el listado de errores si tienes muchas entradas y corrige de una en una contra el inventario. Repite la validación hasta entender los mensajes. «No existen errores» significa que la validación informática no ha encontrado errores de ese tipo; no prueba que la clasificación jurídica y los importes sean correctos.
«Guardar» almacena el trabajo en los servidores de la AEAT y permite recuperarlo posteriormente. La propia ayuda advierte de un límite de tiempo por inactividad y recomienda guardar para no perder datos. Esa comodidad crea una trampa: una sesión guardada, aunque el formulario muestre todos los bienes, no es una declaración presentada. Anota quién continuará el trámite, cuándo y qué revisión falta. Si la declaración se trabaja en varias sesiones, comprueba al volver que se cargó la versión que esperabas.
«Vista previa» genera un PDF para comprobar la declaración. La AEAT lo califica como no válido para presentación. Úsalo para comparar NIF, ejercicio, número de registros, tipos de bien, países, fechas y valores con el inventario. Si interviene una asesoría, revisad juntos el borrador antes de autorizar el envío. El hecho de que puedas imprimir ese PDF no añade número de registro ni confirma que Hacienda haya recibido nada.
Antes de firmar, compara el número de registros con el inventario. Abre después cada uno y comprueba que la clave, la fecha y el importe coinciden con el documento que tienes delante. Por último, intenta reconstruir al menos una valoración desde el certificado original. Si no puedes hacerlo, probablemente falta una fuente o una nota de cálculo; resuélvelo antes del envío.
Firmar, enviar y conservar el justificante
Tras validar y guardar, pulsa «Firmar y Enviar», marca la conformidad y completa la firma. La ayuda del formulario describe una respuesta correcta con un PDF que incluye número de entrada de registro, código seguro de verificación, número de justificante, día, hora y datos del presentador, seguido de la copia de la declaración. Guarda ese documento junto al inventario y los certificados. Es la evidencia que distingue el envío terminado de un borrador o una sesión abierta.
Si algunos registros son correctos y otros tienen errores, la AEAT puede ofrecer presentar solo los correctos. No pulses esa opción como si completara todo el expediente. Lee qué registros entrarían, conserva el recibo de lo presentado y trabaja después los pendientes según las instrucciones de la sede. La ayuda del formulario explica cómo volver a la declaración completa, corregir y enviar el conjunto de registros. La vía por fichero tiene un tratamiento propio de registros correctos y erróneos; no traslades automáticamente las instrucciones de una pantalla a la otra.
Después del envío, comprueba que el PDF corresponde al NIF y ejercicio buscados y que aparece la información de presentación. Guarda también una copia de los datos transmitidos y una nota de los documentos usados para cada valoración. Si una representación autorizada presentó la declaración, conserva la acreditación de esa representación. No envíes extractos con datos sensibles por canales informales solo para obtener una segunda opinión; utiliza un medio adecuado y comparte únicamente lo necesario.
Si encuentras un error después
Recupera la declaración presentada y localiza el registro afectado. La ayuda de la AEAT indica que desde la pantalla inicial puede cargarse una presentación anterior para dar de baja, modificar o añadir registros. Antes de actuar, determina si el problema es una errata de un dato, un bien omitido, un duplicado o una decisión incorrecta sobre quién debía declarar. La forma de subsanarlo puede variar. No presentes una declaración completamente nueva sin comprobar si la sede espera una modificación, una complementaria u otra actuación para el ejercicio.
Conserva el justificante original y documenta cuándo advertiste el error, qué dato era correcto y qué documento lo acredita. Si cambió un hecho después del cierre del ejercicio, sepáralo de un error de la declaración inicial. El profesional que revise el expediente necesitará esa línea temporal para elegir la vía adecuada. Esta guía no puede decidir la corrección concreta sin ver declaración y documentos.
Preguntas frecuentes de cumplimentación
¿Qué datos necesito antes de entrar en el formulario 720?
Identificación del declarante y persona de contacto, inventario separado por cuentas, valores/seguros/rentas e inmuebles, prueba de titularidad o facultad que obliga a informar, país, fechas y valoraciones. Las casillas específicas se revisan con la FAQ técnica de la AEAT. La decisión sobre umbrales y periodicidad se hace antes, con la guía general y el ejercicio vigente.
Fuente: FAQ técnica de la AEAT.
¿Qué campos se rellenan para cuentas, valores e inmuebles?
Todos los registros incluyen claves comunes de condición, tipo, subclave, país y origen, entre otros datos señalados por el formulario. Las cuentas añaden identificación de entidad y cuenta, fechas y saldos según el origen. Los valores, seguros y rentas requieren identificación y valoración según su clave. Los inmuebles añaden fecha, tipo de inmueble y, según el caso, valores de adquisición o transmisión. No hay una lista de casillas idéntica para los tres bloques.
¿Guardar o ver el borrador equivale a presentar?
No. «Guardar» conserva la sesión y «Vista previa» genera un PDF para revisar. La ayuda de la AEAT señala expresamente que el PDF de vista previa no es válido para presentación. El trámite termina después de firmar y enviar y recibir la respuesta de registro.
Fuente: ayuda de la AEAT.
¿Cómo se validan y corrigen los registros erróneos?
Pulsa «Validar», lee cada error o aviso y utiliza el enlace al campo señalado. Corrige contra la documentación y repite la validación. Si se ofrece presentar solo los registros correctos, verifica cuáles quedan fuera y sigue el proceso oficial para completar los pendientes; el recibo parcial no demuestra que todo el inventario se haya presentado.
¿Qué prueba acredita que el modelo 720 quedó presentado?
La respuesta de presentación correcta incluye número de entrada de registro, código seguro de verificación, número de justificante, fecha, hora y datos del presentador. Guarda el PDF y la declaración completa. Una captura de una pantalla de edición, un archivo exportado .720 o un borrador no tienen el mismo valor como evidencia de envío.
Revisión antes de cerrar el expediente
Compara el justificante con tu inventario y la declaración enviada. Deben coincidir el ejercicio, el declarante y los registros que consideraste obligatorios. Si tienes una declaración anterior, guarda esa copia junto con la nueva para entender bajas, modificaciones y futuras comparaciones. El calendario oficial se consulta para el ejercicio concreto; una guía de campos no sustituye el plazo vigente.
Si las claves, las valoraciones o la administración competente no están claras, pide una revisión fiscal con los documentos antes de enviar. Para resolver primero si existe obligación, consulta la guía general del modelo 720 y el centro de recursos fiscales. El objetivo práctico es poder explicar cada dato del formulario y demostrar después que la declaración se presentó.